Las asociaciones de inmigrantes denuncian retrasos “injustificados” para obtener la nacionalidad

  • Protestaron contra los retrasos injustificados en la tramitación de la obtención de la nacionalidad española.

  • Anunciaron movilizaciones semanales hasta solucionar un problema crónico del Registro Civil.

El sábado al mediodía más de un centenar de inmigrantes se concentraron frente a los juzgados. La acción fue organizada por Comisión de Acción Permanente contra la Burocracia en los Juzgados de Sabadell (CAP Burocracia Sabadell), una entidad constituida el pasado 12 de octubre y formada por la Federación de Asociaciones de Inmigrantes del Vallès (FAIV) y el Servei Ciutadà d’Acolliment als Immigrants (SCAI).

El objetivo de la acción –según manifestó Óscar Carral, presidente de la FAIV– es denunciar la “excesiva e injustificada demora en la iniciación y posterior tramitación de los expedientes para la obtención de la nacionalidad española” en el Registro Civil de los Juzgados de Sabadell.

A diferencia de otros municipios, como Terrassa o Cerdanyola, donde la cita previa se demora unos seis meses y todo el proceso como máximo dos años, aquí se ha dado casos de retrasos de entre “dos y tres años para una cita de inicio y solicitud de la nacionalidad española, como también entre cuatro y cinco años para el resto de pasos procesales del expediente hasta lograr una resolución en firme, entre otras inexplicables incongruencias procesales administrativas”, denunció Carral.

Un momento de la protesta.

Estos atrasos suponen un grave perjuicio para muchos inmigrantes que están pendientes de la renovación de los permisos de trabajo, residencia u otros trámites burocráticos donde se exige la nacionalidad española.

Se trata de una situación endémica y anómala, que se alarga desde hace más de una década y después de varias mediaciones fallidas del ayuntamiento de Sabadell, diversos grupos municipales y entidades cívicas ante los responsables del Registro.

La concentración del sábado fue el comienzo de una serie de acciones de protesta que se repetirán cada semana hasta no hallar una solución a la “crónica incompetencia del Juzgado de Sabadell” –aseguró Carral.

Carrera de obstáculos

Para obtener la nacionalidad española la Ley de Extranjería exige diez años de residencia legal y continuada en el país a los ciudadanos extracomunitarios como magrebíes, subsaharianos o asiáticos. Una situación distinta a los latinoamericanos a quienes, según los convenios entre estados, se reduce a dos años y uno si demuestran que alguno de sus padres o abuelos era español. En cualquier caso, empieza una carrera con varios pasos.

1. El primer paso es solicitar una cita en el Registro Civil de la ciudad donde el inmigrante esté empadronado para aportar la numerosa documentación exigida, cuyo expediente será tramitado por el juez titular de ese Registro. Una vez presentado el expediente, el Fiscal los examinará por turno de entrada y comprobará que esté correcto antes de enviarlo al Registro Civil Central y remitir una carta al solicitante con el número de expediente para que pueda realizar su seguimiento.

2. Algunos meses después de recibir esta carta, la Policía Nacional se pondrá en contacto con el solicitante para realizar una entrevista y, en su caso, reclamar documentación adicional. Tras la entrevista, la Policía Nacional redacta un informe y lo remite telemáticamente al Registro Civil Central donde quedará en estudio hasta que el funcionario correspondiente resuelva el expediente.

3. Finalmente, el juez del Registro Civil de la ciudad del peticionario le somete a un examen de arraigo, confeccionado a su arbitrio, para determinar el grado de conocimiento del idioma oficial y las leyes y costumbres del país y resuelve conceder o no la nacionalidad. Un trámite que ha dado lugar a situaciones polémicas por las elevadas exigencias de las preguntas formuladas por algunos jueces, como el de Getafe y que han provocado la demanda por parte de las asociaciones de inmigrantes de elaborar un “examen oficial” con un temario que pueda estudiarse.

4. En caso que la decisión del juez sea positiva, el solicitante deberá jurar o prometer fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes, tras lo cual será inscrito en el Registro Civil como ciudadano español.

Contra la tasa por certificado de arraigo

Otras de las cuestiones que CAP Burocracia Sabadell tiene planteada son la denuncia y los recursos contra la tasa de 35 euros para la obtención del certificado de arraigo que quiere imponer Neus Munté, consellera de Benestar i Família de la Generalitat, que se incluiría en la Ley de Acompañamiento de los Presupuestos y entraría en vigor cuando éstos fuesen aprobados por el Parlament y con los que espera recaudar un millón de euros.

Certificado de arraigo

El certificado de arraigo es un documento imprescindible para regularizar la situación de aquellos extranjeros en dos supuestos: laboral o social.

· Para el supuesto laboral: necesario que acrediten una permanencia continuada en España durante un periodo mínimo de dos años, siempre que no tengan antecedentes penales, tanto en España como en su país de origen, y acrediten la existencia de relaciones laborales cuya duración no sea inferior a un año.

· Par el supuesto social: deben acreditar la permanencia en España por un periodo mínimo de tres años siempre que cuenten con un contrato de trabajo firmado por el trabajador y el empresario de un año de duración vigente en el momento de la solicitud, y carezcan de antecedentes penales tanto en España como en su país de origen. Asimismo, han de acreditar vínculos familiares con otros extranjeros residentes o en su defecto, presentar un informe emitido por el ayuntamiento de la localidad en que resida que acredite su inserción social.

La FAIV se ha puesto en contacto con sus asesores legales y con otras asociaciones de inmigrantes catalanas para estudiar las medidas jurídicas y políticas para impedir la promulgación de dicha tasa.

Foto portada: protesta ante los juzgados este sábado.

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