Recibir una resolución de incapacidad permanente abre una etapa con preguntas: ¿se conserva el empleo?, ¿debe la empresa adaptar el puesto?, ¿qué ocurre con la pensión? Desde mayo de 2025, la respuesta ya no pasa necesariamente por abandonar la empresa. La legislación española obliga a estudiar alternativas antes de extinguir contratos.
La incapacidad permanente ya no supone el despido automático
El reconocimiento de una incapacidad permanente total, absoluta o de gran incapacidad no extingue por sí solo la relación laboral. La Ley 2/2025 modificó el Estatuto de los Trabajadores para que la continuidad dependa de la voluntad de la persona y de las posibilidades de adaptación.
El nuevo modelo sustituye el automatismo por una evaluación individual. La empresa debe valorar ajustes razonables en el puesto o la asignación de otra vacante, disponible, adecuada al perfil profesional y compatible con la situación reconocida. Mientras se analiza alguna de estas opciones, el contrato permanece suspendido con reserva del puesto, según recoge el Boletín Oficial del Estado.
Diez días para comunicar la voluntad de continuar
La persona trabajadora dispone de diez días naturales desde la notificación de la resolución para expresar por escrito que desea mantener la relación laboral. Este plazo convierte la fecha de recepción del documento en un dato decisivo.
Después, la empresa cuenta con un máximo de tres meses desde esa notificación para aplicar los ajustes, proponer un cambio de puesto o comunicar una extinción. Conservar la resolución, registrar la solicitud y documentar las comunicaciones permite reconstruir cada paso si surge una discrepancia.
Cuándo puede la empresa extinguir el contrato
La empresa puede finalizar el contrato si los ajustes representan una carga excesiva, no existe una vacante compatible o la persona rechaza un cambio adecuadamente propuesto. La continuidad, por tanto, no es incondicional. La decisión debe estar motivada y notificarse por escrito.
Para valorar si una adaptación resulta desproporcionada se consideran su coste, el tamaño de la compañía, sus recursos, su situación económica y las posibles ayudas públicas. Los servicios de prevención deben concretar las medidas necesarias e identificar los puestos compatibles, previa consulta a la representación laboral en materia preventiva.
Cada expediente combina elementos médicos, laborales y económicos. Por ello, recurrir a abogados especialistas en incapacidades permanente puede ayudar a interpretar la resolución, controlar los plazos y revisar si la respuesta empresarial cumple las exigencias legales.
Cómo afecta la continuidad laboral a la pensión
Mantener el empleo no garantiza que salario y pensión puedan cobrarse simultáneamente. La compatibilidad depende del grado reconocido, las funciones desempeñadas y las condiciones del nuevo puesto.
La norma prevé suspender la prestación mientras se desempeñe un puesto adaptado u otro trabajo que resulte incompatible con la pensión. La Seguridad Social recuerda que esta prestación compensa la pérdida de ingresos causada por una reducción o anulación de la capacidad laboral.
Antes de aceptar una recolocación conviene comprobar su impacto económico y administrativo, porque conservar el vínculo laboral y seguir percibiendo la prestación son cuestiones relacionadas, pero distintas.
