Registro Sabadell 27N

Opinión de Manuel Navas: ‘La presunción de inocencia’

ARTÍCULO DE OPINIÓN
Manuel Navas, sociólogo

En una sociedad esencialmente injusta, hablar de “justicia”, al tratarse de un término objetivamente incompatible con la injusticia institucionalizada existente, parece un sarcasmo. En realidad se trata de una contradicción de términos contextualmente insalvable si nos atenemos a hechos incontestables como los 5 millones de parados, o el 20 por ciento de la población en el umbral de la pobreza o las miles de familias desahuciadas, o la persistencia de un sistema fiscal regresivo con amnistía fiscal incluida para especuladores y delincuentes y la tolerancia con el fraude fiscal, o la asunción como pública de la deuda privada o el desmantelamiento del Estado de Bienestar en detrimento de las clases populares, o los rescates, subvenciones y privilegios a bancos, iglesia y grandes fortunas, o la usurpación de la soberanía popular por quienes poseen el poder económico mundial que se atribuyen la potestad para decidir sobre el presente y el futuro de nuestras vidas, etc.

Lo anterior puede ser útil para retratar la dura realidad social que padecemos, pero no como síntoma de claudicación a la hora de exigir el cumplimiento de los derechos sociales y políticos, individuales y colectivos que formalmente vienen recogidos en las leyes, o para insistir en profundizar en ellos para dotarlos de contenido más progresista y reivindicar los que no están reconocidos. Entre tales derechos formales, tenemos la presunción de inocencia, que hace referencia a que nadie es culpable hasta que no se demuestre su culpabilidad.

Conceptualmente se trata de un derecho democrático concebido como amparo ante actuaciones y denuncias arbitrarias e históricamente se refiere a un derecho garantista fruto de las luchas por las libertades que la humanidad ha librado contra las injusticias de los poderosos, que celosos de sus privilegios se han pasado toda la vida reprimiendo a quienes cuestionan su posición, como y cuando les venía en gana, sin más freno que su propia voluntad y que, como derecho, debemos defender ante cualquier violación o menoscabo.

Por lo tanto, apelar a la presunción de inocencia cuando cualquier ciudadano lo considere oportuno, es pertinente y de hecho, habida cuenta los numerosos casos de corrupciones políticas a lo largo y ancho de toda la península, suelen ser políticos imputados de corrupción por malversación de fondos, tráfico de influencias… quienes recurren a ella para defender su honorabilidad y de paso preservar sus excelentes sueldos y confortable estatus.

Pero al tratarse de una norma genérica, la presunción de inocencia queda ligada a la equidad, porque al entenderse que la aplicación de la ley no es un ejercicio mecánico, la equidad vendría a rectificar la injusticia que pudiera producir la aplicación rígida de una norma abstracta general al caso particular y, en ese sentido, cuando los imputados son cargos públicos, en la presunción de inocencia intervienen un conjunto de variables que deben ser tenidas en consideración para evitar que la norma general al aplicarse a lo particular genere agravios comparativos.

Si tomamos como ejemplo el Caso Mercurio, no es aventurado deducir que cuando el Fiscal Anticorrupción en base a determinadas pistas, decide llevar a cabo una investigación que se alarga más de dos años significa que los indicios han ido tomando cuerpo y lo que inicialmente aparecía como meras sospechas, se han ido consolidando como hechos delictivos tipificados, porque, de lo contrario, estaríamos ante un despilfarro de recursos públicos inaceptable. Y eso, exista o no acusación formal a día de hoy, los imputados lo saben.

De ahí que, aun siendo cierto que ni la imputación, ni la acusación formal (un acusado puede resultar absuelto en la sentencia), obliga legalmente a dimitir de un cargo público, no es de recibo invocar a la presunción de inocencia, para eludir que, en tales condiciones sea por higiene democrática, por ética o, como mínimo, y habida cuenta que el daño que a todos los niveles tal situación ha provocado a Sabadell ya está hecho, por responsabilidad política y por respeto a la ciudad que ‘aman’, lo que corresponde es el cese.

Primero porque el mismo partido que hoy se enroca en que sus imputados no dimitan, defiende la contrario cuando quienes están en esa situación son sus oponentes políticos, lo que demuestra lo indefendible de sus argumentos y segundo, porque si toda las fuerzas políticas que representan a la mayoría de la ciudadanía, se han pronunciado en contra de que personas imputadas sigan administrando unos recursos públicos cuya gestión y limpieza está judicialmente en entredicho, no caben las excusas, la dimisión resulta inaplazable.

Foto portada: Registro en el ayuntamiento de Sabadell, el 27 de noviembre del 2012. Autor: David B. 

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